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Rituales y procesos: el golpe legislativo

15 julio de 2012

(Escrito junto al politólogo Santiago Alles)

La destitución de Lugo reúne numerosos parecidos de familia con muchos otros quiebres democráticos.

El desplazamiento de Lugo en Paraguay dio lugar a un debate. ¿Fue o no un golpe de Estado? La respuesta importa, no sólo por consideraciones teóricas, sino también porque define los grados de legalidad y legitimidad del nuevo gobierno, tanto a nivel doméstico como internacional. No será la primera vez que la respuesta no sea sencilla: los protagonistas de cualquier coup d' Etat tienen buenas razones para presentarse a sí mismos como actores de procesos legítimos y aún legales.

El desarrollo de los hechos en Paraguay tuvo características particulares, sin dudas, tal como las tiene cualquier otro proceso político concreto e históricamente situado. Pero reúne numerosos parecidos de familia con muchas otros quiebres democráticos. Un grupo político, enquistado en las estructuras del Estado y del propio gobierno, se dispuso desplazar al presidente legítimo con el objetivo de alcanzar y ejercer el poder. Para ello, estos actores se valieron de algunos mecanismos constitucionales pero haciendo un uso ilegítimo y procesalmente inválido -y, por lo tanto, ilegal- de ellos. Entonces, hay que forzar mucho los términos para no observar un golpe en el desplazamiento de un presidente a través de medios ilegítimos; o exige darle demasiado espacio a los rituales de las instituciones.

Los observadores que sostienen que lo ocurrido no fue un golpe destacan dos cuestiones relevantes. Primero, señalan la ausencia de una acción militar o violenta en la rápida sucesión de eventos. Y segundo, destacan el uso de mecanismos formales en el desplazamiento, luego ratificadas por la Corte Suprema. Por un lado la acción militar es un elemento frecuente pero no esencial en una interrupción autoritaria. No hay dos golpes iguales, advertían tanto Curzio Malaparte como Samuel Huntington. Los militares son protagonistas cuando hay enfrentamiento, ya sea entre fuerzas regulares e irregulares o dentro de la fuerza, entre militares leales y revolucionarios. El involucramiento militar será diferente en los casos en que los militares aceptan sin fisuras la remoción de su comandante en jefe, y hasta la apoyan.

Por otro lado, el segundo punto es especialmente sensible en este caso. Los defensores de la legalidad del juicio político sostienen que fue "desprolijo" y apresurado, pero oponen a ello que el juzgamiento del presidente por el Congreso está previsto en la Constitución, y que hubo una importante mayoría legislativa que votó por la destitución.

No obstante, lo que sucedió en Paraguay no fue un juicio político. El juicio político no es sólo una votación para remover un presidente sino, antes bien, un proceso que culmina en una votación. El problema, más que procedimental, es procesal: hubo procedimiento ?votación- pero no hubo proceso ?juicio-. Y el procedimiento sólo tiene validez en el marco del proceso. Esto no es sólo una consideración abstracta sobre la figura del 'impeachment' en los sistemas presidenciales, sino también concreta en el caso paraguayo: el artículo 225, profusamente citado en esos días, exige motivos para la remoción del presidente y el vice e indica que ellos “sólo podrán ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes”. Es decir, las reglas exigen causales para poner fin al mandato presidencial y “sólo” entonces el Congreso estará habilitado a avanzar con el proceso.

El juicio político, tal como reflexiona Roberto Gargarella en su blog, es un proceso cuya validez jurídica no sólo requiere cierto número de “manos levantadas” sino también un debate real, genuino, no ficticio, donde el ejercicio de la defensa no sea sólo presentarse ante el Congreso para recibir la notificación de la destitución. En ese sentido, aún cuando el “mal desempeño” es una categoría amplia, el juicio político requiere cumplir con el debido proceso sustantivo, donde las acciones y omisiones del Presidente estén vinculadas con los hechos cuestionados. Por el contrario, las acusaciones contra Lugo no sólo eran endebles sino que eran consideradas, según palabras textuales, “de pública notoriedad, motivo por el cual no necesitan ser probadas".

El contraste con el juicio político seguido contra Collor de Melo en Brasil, del que se cumplen dos décadas, hace muy visible esta dimensión del proceso sustantivo. Tras un año en el cargo, Collor fue acusado por su propio hermano de tráfico de influencias conducido por su recaudador de campaña, PC Farías. Tras lo cual se iniciaron tanto investigaciones policiales como legislativas sobre la responsabilidad del presidente. Las investigaciones fueron exponiendo los vínculos del círculo cercano de Collor con redes de corrupción y comprometiendo cada vez más la posición presidencial. El proceso no sólo se extendió de mayo de 1991 a diciembre de 1992 (es decir, más de 18 meses) sino que contra Collor, las investigaciones y la revelación de evidencias en su contra precedieron a la acusación; contra Lugo, la secuencia de los hechos fue en sentido opuesto.

La ausencia de proceso no sólo da lugar a un resultado injusto. Es, también, una de las razones por las que hablamos de golpe y no solo de desprolijidad; la velocidad de los acontecimientos es parte definitoria de lo sucedido. "Golpe", "putsch", "coup": en todos los idiomas y las definiciones, las palabras hablan de algo que es repentino y no da lugar a reacciones. La remoción de Lugo no se hizo en 48 horas para "evitar un baño de sangre", sino para garantizar su éxito. El juicio político, como todo proceso democrático, requiere de los mayores grados de publicidad y reflexividad posibles, por razones prácticas. Que la cuestión tomase estado público formaba parte del proceso; los paraguayos, en su mayoría, sólo se enteraron del juicio una vez que su Presidente había sido depuesto.

Si había tiempo, deliberación y debate, otros actores hubieran tomado partido en el proceso, y el resultado no hubiera sido el mismo. En este sentido, la intervención de actores sociales y regionales no son interferencias en el trabajo legislativo sino, por el contrario, el involucramiento de actores constitutivos del debate político en una democracia moderna e inclusiva. La opinión pública y los gobiernos suramericanos hubieran intervenido. De hecho, entre 1996 y 2002, el MERCOSUR "salvó" a Paraguay de otras crisis de gobierno y eso fue precisamente lo que el Senado paraguayo quiso evitar con un empujón palaciego y de espaldas a la sociedad.

(De la edición impresa)

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