Vestidos transparentes
Hay palabras que, sin anunciarse, se ponen de moda en determinados ámbitos. "Casta" tiene un sentido religioso. En la India, son los grupos a los que se pertenece por nacimiento: son endogámicos y sin movilidad. "Casta" fue traído a la política por LLA y son los propios libertarios los que se arrogan el derecho de ir informándonos quiénes son casta, con el sentido peyorativo que se le asigna. "Casta" son los otros.
Uno de los reproches que suele hacerse a la política, sobre todo cuando ejercen los políticos la función pública, es su accionar puertas adentro, sin miradas externas, con acuerdos y procederes velados. El acceso a la información, una garantía constitucional, es la primer herramienta a la que puede recurrir la ciudadanía para involucrarse y, de algún modo, darle fuerza a la democracia.
Mediante el decreto 780/2024, el Poder Ejecutivo modificó la reglamentación de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública. Esta decisión cambia significativamente la normativa e implica un retroceso en la garantía del derecho vigente, además de desalentar la participación ciudadana en los asuntos del Estado y desplegar un manto de opacidad sobre la gestión.
Entre las principales modificaciones figuran la limitación de los datos que pueden ser solicitados, se excluye información privada de los funcionarios y documentos preliminares de acceso público, se redefine el concepto de la información pública, se incluye la figura de "abuso del derecho", y se crea un registro para identificar a las personas que realizan pedidos de acceso, entre otras.
Luego de su publicación en el boletín oficial, la resolución por parte del Ejecutivo levantó una serie de críticas de diferentes dirigentes políticos que ven en estas modificaciones una restricción a un derecho fundamental de la democracia que afecta el vínculo de la sociedad con los distintos niveles de gobierno.
La ley 27.275 de Acceso a la Información Pública fue sancionada por el Congreso de la Nación en 2016 y establece que toda información en poder del Estado es pública (salvo casos muy específicos contemplados en la norma). A su vez, garantiza que cualquier ciudadano argentino pueda solicitar información sin necesidad de explicar la razón del pedido. En el marco de una política administrativa basada en el Estado Abierto y Transparente, los principios normativos establecidos en la ley plantean toda una nueva forma de asumir y ejercer la administración del Estado. La sanción legislativa viene a terminar con ese paradigma que entendía a los funcionarios estatales como únicos dueños de la información que se produce en la gestión.
En la reforma de la Constitución se incorporaron tratados internacionales, donde se reconoce al derecho de acceso a esta información como herramienta fundamental en el ejercicio de otros derechos, como son la salud, educación, vivienda, justicia, y libertad de expresión, aspectos cruciales al momento de evaluar la fortaleza de nuestras instituciones democráticas que aspiran al desarrollo de una sociedad equitativa y justa.
Es un hecho innegable: actualmente el acceso a la información pública tiene rango constitucional. Y por si fuera poco, en nuestro país, desde 2020 la Cámara de Diputados sancionó una ley que designa al 28 de septiembre de cada año como el día nacional de esta garantía.
Ocho años después de la sanción de la ley, en Argentina se puede pedir información en las instituciones estatales nacionales, de manera online o presencial, y de forma gratuita en ambos casos. También se puede solicitar información a las provincias y sus organismos. En la actualidad, sólo hay tres provincias sin ley y donde no es posible acceder a la información: Tucumán, Formosa y San Juan.
Las modificaciones introducidas por el decreto producen una tensión entre la nueva definición de información pública y la que rige en la Ley 27.275, que la entiende como todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato en manos del Estado. Actualmente, el decreto da un giro significativo al detallar que todo dato de "naturaleza privada" no debe ser comprendido ni catalogado como información pública. Al limitarse el concepto por la negativa, se introducen riesgos e incertidumbre en la práctica de transparencia porque abre un espacio de interpretaciones en cada área o jurisdicción sobre los datos que pueden potencialmente ser comprendidos como de "naturaleza privada".
En la Cámara de Diputados el tema no pasó inadvertido. Desde las más variadas y amplias visiones políticas, referentes de los distintos bloques han mostrado consternación ante la decisión por parte del Poder Ejecutivo. Para la mayoría, la medida restringe un derecho clave para la cultura de la transparencia y rendición de cuentas y dudan seriamente de la posibilidad de implementar una reglamentación que restringe un derecho preexistente.
La Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) es el ente con autonomía funcional en el ámbito del Poder Ejecutivo, específicamente en la Jefatura de Gabinete de Ministros, encargado de garantizar la transparencia activa por parte del Estado y asegurar el acceso.
En su informe anual correspondiente, la AAIP detalla que en 2023 se realizaron 11.615 solicitudes de información, casi un 30% más respecto a 2022, 867 reclamos, y se alcanzó un 92% de efectividad en el cumplimiento de la ley. Además, se detalla que durante el año se realizaron 64 capacitaciones, 394 asistencias técnicas a sujetos obligados, fueron evaluados 224 organismos públicos y se registraron aproximadamente 100 mil visitas al sitio de Transparencia Activa.
A nivel presupuestario, la AAIP cerró 2023 con un crédito disponible de $989 millones y un nivel de ejecución del 94.81% del total. Se aclara que estos recursos permitieron "el fortalecimiento de las capacidades de la institución en aspectos cruciales como infraestructura física, servicios informáticos, servicios generales y dotación de profesionales altamente especializados".
Actualmente, la Agencia de Acceso a la Información Pública cuenta con un crédito vigente de $2.336 millones, que representa un aumento de 136% de los disponibles en 2023, y lleva devengado al principio de noviembre 2024 casi el 73% de los recursos.
El acceso a la información es uno de los mecanismos de participación ciudadana que existen junto a las audiencias públicas, los presupuestos participativos, consultas populares (vinculantes o no vinculantes) y la participación en el establecimiento de normas. Constituye un elemento clave en cualquier plan estratégico de modernización que apunte a la consolidación de un gobierno abierto.
Hablamos de un derecho esencial para fortalecer el desarrollo de un país democrático. De manera directa, permite a los ciudadanos conocer cómo se toman las decisiones que afectan la vida cotidiana de las personas, controlar cómo se gestionan los recursos del Estado y comprobar la efectividad de las mismas. Es una herramienta concreta que empodera a las prácticas ciudadanas, alienta a la auditabilidad del sector público y ataca directamente los vestigios de opacidad al servir de fuente para investigaciones periodísticas o académicas. Sin este acceso a la información es claro que se debilita la capacidad de la sociedad para exigir responsabilidad y rendición de cuentas a sus gobernantes, como también la capacidad de procesar demandas sociales por parte de las agencias gubernamentales.
Cuando hablamos de participación ciudadana hablamos también de cómo el Estado se abre receptivamente a las demandas y acciones concretas que surgen desde la sociedad civil. Y una de las demandas que más se consolidaron en los últimos años como parte de la cultura de la transparencia, rendición de cuentas y participación es el pedido de acceso de información pública que funciona como dinamizador de la relación entre Estado y ciudadanía. Cuando los ciudadanos tienen pleno acceso a la información, pueden participar de manera más informada y empoderada en los asuntos públicos, participar en la creación de políticas y, sobre todo, ejercer un control efectivo sobre la gestión gubernamental.
La ley brinda oportunidades concretas a los distintos organismos, ministerios, secretarías, y a cada una de las unidades de gestión pública para exponer su trabajo, mostrar los resultados y metas alcanzadas, consolidar la creación de valor público y despejar la administración de los recursos públicos de dudas y sospechas que erosionan la confianza ciudadana sobre la acción estatal. A su vez, habilita una mayor circulación de información en el debate público, y es un recurso importantísimo en la práctica del periodismo en general y de investigación en particular.
Es tan difícil imaginar el ejercicio de participación ciudadana, la difusión de información pública y la práctica periodística sin instituciones democráticas, como imaginar a la democracia misma sin un Estado abierto y transparente que promueva el debate sobre la gestión pública.
Otra de las palabras que ha cobrado vigor durante la actual administración es "auditoría". Le damos la bienvenida a este vocablo. La ciudadanía aplaude que pretenda llegarse a la información en tiempo real y de manera clara. Es un avance en la transparencia de cara a la rendición de cuentas. El acceso a la información pública, llano, sencillo, sin dificultades burocráticas, es permitirle a la sociedad auditar.
No deben los funcionarios, que por un lado requieren auditorías a los demás, negar el acceso de la ciudadanía a la información del proceder de los políticos en cargos públicos.
De hacerlo, de exigir los datos de los otros y obstruir a la vez la información propia de lo que se hace en la función ejercida, es un modo de vestirse de casta y los trajes de la casta, por definición, no son transparentes.