La Justicia laboral hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CGT y suspendió la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso el mes pasado. La decisión fue tomada por el juez Raúl Horacio Ojeda, quien consideró que la implementación inmediata de la norma podría generar daños irreparables.
En su resolución, el magistrado advirtió sobre el "peligro en la demora" y sostuvo que, de no frenarse la ley, una eventual sentencia posterior podría resultar ineficaz o de imposible cumplimiento. En ese sentido, remarcó la necesidad de detener de forma inmediata los efectos de los artículos cuestionados para evitar consecuencias graves tanto para trabajadores como para las instituciones involucradas.
Ojeda también validó los argumentos de la central sindical al señalar que existe un estado de incertidumbre jurídica que podría derivar en perjuicios inmediatos. Según explicó, se cumplen los requisitos básicos para dictar una cautelar: posible daño, verosimilitud del derecho invocado y falta de otra vía legal eficaz para resolver la situación en lo inmediato.
Entre los puntos analizados, el juez planteó escenarios potenciales en caso de avanzar con la ley, como la implementación del Fondo de Asistencia Laboral o cambios en convenios colectivos que luego podrían ser declarados inconstitucionales. A su criterio, estos riesgos justifican una suspensión preventiva para evitar un "consumo de derecho" que afecte derechos adquiridos.
Un freno judicial con impacto político y legal
En los fundamentos del fallo, el magistrado también consideró que la medida no afecta el interés público, sino que, por el contrario, aporta previsibilidad al sistema y evita una multiplicidad de conflictos. Además, subrayó que la suspensión es provisoria y podrá revisarse a medida que avance el proceso judicial, en función de nuevos elementos o argumentos que surjan en la causa.