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Apuntes sobre la nueva Corte

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29 junio de 2016

(Columna de Gustavo Arballo, autor del blog Saber Derecho)

Las moralejas del proceso de selección de los candidatos. Los integrantes que se suman al tribunal y los proyectos para ampliar la cantidad de jueces.

Horacio Daniel Rosatti y Carlos Fernando Rosenkrantz son los jueces número 110 y 111 de la Corte Suprema de Justicia. Completan una Corte que volverá a tener su número “histórico” de cinco miembros y que estaba funcionando con integración recortada durante todo 2015.

La posibilidad del gobierno anterior de reintegrar la Corte estaba severamente condicionada por la pública declaración de la oposición de que no habría de votar reemplazos en el último año de gobierno. En el medio quedaron así tres nominaciones no consumadas: primero la de Roberto Carlés, que llegó a tener dictamen favorable en la Comisión del Senado, y luego ?ya con la renuncia aceptada del histórico juez Carlos Fayt- el binomio de Eugenio Carlos Sarrabayrouse y Domingo Juan Sesin. En una de sus primeras medidas, el nuevo gobierno retiró esos pliegos y puso sus cartas sobre la mesa avanzando por una colectora sorprendente y sin precedentes contemporáneos en el historial político: el nombramiento “en comisión”, mecanismo que les permitía integrarse directamente y sin aguardar el acuerdo del Senado.

Obviaremos tratar las objeciones constitucionales a esa vía, que quedan en un segundo plano por lo que sucedió camino al foro. Las reacciones no fueron positivas y los hechos hablan por sí solos. La Corte no quiso exponerse a aceptar el atajo, y al cabo ni los propios comisionados reclamaron su membresía automática conferida por decreto. El proceso mutó de sumario a ordinario y protocolizado comme il faut. Hubo plazo para presentar apoyos impugnaciones, hubo audiencias públicas en el Senado ni bien comenzó el período ordinario ?con un buen desempeño de los candidatos, que por lo demás mantuvieron riguroso silencio de radio a lo largo de todo el proceso-, hubo un paréntesis trimestral con hipótesis variadas de logrolling entremezclándose en la matriz decisoria de los senadores, y finalmente hubo votación con resultados que superaron holgadamente la mayoría calificada (dos tercios) que requiere la Constitución de 1994.

Moralejas

La saga acarrea un par de moralejas político-institucionales.

La primera es que la vía rápida no prosperó y hasta pudo complicar las chances de los razonables candidatos propuestos, que llegaron a conceder que no hubieran sido parte del Tribunal sin acuerdo del Senado. Es dable esperar que, al menos para un actor racional, el gambito de nombrar jueces en comisión tuvo en 2015 su debut y despedida.

La segunda es que luego de mucho camino recorrido, y aún con el viento a favor que genera un gobierno recién asumido, la escena política y la sociedad civil es particularmente sensible a los procedimientos de selección e integración de la Corte Suprema y muy atenta, suspicaz, a sus contingencias. Insistir en la movida disruptiva hubiera representado un costo político que nadie estuvo dispuesto a pagar, mucho más cuando el nombramiento en Comisión pospone pero no elimina la necesidad de acuerdo del Senado y le da a un tercio de este poder de veto de la candidatura.

Los cambios, en perspectiva

Así, 40% de material nuevo tendrá la Corte 2016 y sin dudas será un mojón insoslayable para la periodización que hagan sus historiadores en el futuro. Además, el año que viene ?y conforme a la limitación de edad que motivó el egreso de Eugenio Zaffaroni- el Presidente deberá optar por proponer a Elena Highton una extensión quinquenal de su judicatura (la única mujer de la Corte cumplirá entonces 75 años) o postular un pliego para su reemplazo, con lo cual tendremos obvias especulaciones sobre ello bastante tiempo antes.

Salvo en situaciones traumáticas, las Cortes no cambian su jurisprudencia sino tectónicamente, por lo cual es difícil que el staff nuevo implique a corto plazo novedades doctrinarias o cambios de criterio abruptos, pero es innegable que habrá cambios en la dinámica interna. Esto se magnifica porque hace mucho que no hay miembros nuevos: recordemos que antes de esta transición de Corte reducida tuvimos a la Corte más larga de todos los tiempos. La asunción y la muerte de Carmen Argibay amojonaron “la Corte de siete”: desde febrero de 2005 a mayo de 2014 pasaron más de nueve años, récord del período más largo de permanencia sin cambios en el tribunal (hasta entonces clavado en un período de 1892-1897, allá lejos y hace tiempo).

Fue una Corte a la que le podemos contar pasos en falso e inconsecuencias, pero ciertamente funcionó como un tribunal independiente y que expandió las fronteras del derecho constitucional hacia territorios luminosos. Puede en el balance comprobarse que luego presentó fatiga de materiales y rendimientos marginales decrecientes, lógicamente agravado por su progresiva y acelerada reducción numérica (con las sucesivas bajas de Argibay, Enrique Petracchi, Zaffaroni y Fayt la Corte pasó de siete a tres en poco más de un año y medio).

Aunque no son judiciales ?lo cual también es un dato a observar: el nuevo gobierno no miró “hacia adentro” del Poder Judicial-, los nuevos jueces tienen un perfil orgánico, no confrontativo ni oficialista. Rosatti es un hombre que tiene evidente anclaje en el espacio político justicialista, con líneas claramente visibles a partir de su actuación como Ministro de Justicia de la presidencia de Néstor Kirchner; su trayectoria como jurista lo muestra con un perfil constitucionalista con matiz local ?su primer tratado fue dedicado al Derecho Municipal-. Rosenkrantz, con pasado radical, es en otro sentido anfibio, pues puede mostrar credenciales en el espacio académico (profesor en UBA y rector de la Universidad de San Andrés, aparte de ser un jurista con producción propia) y en el espacio corporativo (como abogado litigante de estudio grandes). Cabe esperar que Rosatti esté en frecuente alineación con Maqueda, y que Rosenkrantz adopte su propio perfil, más distintivo.

Si bien la figura del “presidente” de la Corte suele ser algo sobreinterpretada en su importancia real (es un primus inter pares, sin doble voto) no es improbable que cualquiera de ellos pueda ser una alternativa para relevar a Lorenzetti en ese cargo a mediano plazo (el año pasado fue electo por sus pares para el período 2016-2019).

¿Reformas en la Corte?

Más cambios pueden aparecer en el futuro próximo. Existen varios proyectos para ampliar la Corte, y ello se mencionó incluso en las exposiciones de los senadores que votaron a los nuevos miembros. La reducción de nueve a cinco fue una decisión con mucho de coyuntura modelo 2006 ?un gobierno que se ataba las manos para no seguir cubriendo vacantes, como una muestra de que lo que quería era "depurar" la Corte y no necesariamente "rellenarla" con propios, que simbólicamente buscaba desandar el camino menemista de ampliación súbita, y que acaso quería consolidar cierta estabilidad para un tribunal que estaba refundándose y que había sufrido egresos traumáticos ? y el vencimiento de esa coyuntura amerita una reconsideración.

Asumiendo que es imposible sostener cualquier número fijo como si fuera cabalístico (la Constitución no dice nada sobre el punto, y deja en libertad al Congreso) la feliz experiencia de la Corte de siete puede ser exhibida como un indicio de que se trata de un número compatible con el mejor funcionamiento de un tribunal colectivo. El número de cinco otorga mucha influencia a cada voto individual y deja al tribunal muy corto ante las frecuentes vacancias temporales y no temporales, además de dar menos chances para la diversidad en su composición. El número de nueve introduce ya acaso demasiados nodos de paso obligado en un cuerpo colegiado que debe funcionar en flujo constante ?a diferencia de la Corte de los Estados Unidos, que se toma la libertad de escoger menos de un centenar de causas para resolver cada año- y, como lo demostró la ampliación de Menem, tiende a ralentizar su producción. Por otra parte, hemos dicho que en la Constitución Nacional la Corte es sólo “una”, y no procede su división en “salas” que si está contemplada en algunas constituciones provinciales.

En este contexto, además del número, se renuevan las aspiraciones de conseguir un ideal plasmado en el Decreto 222/2003 de Kirchner, y emergente de consensos previos, que postula la conveniencia de un tribunal representativo y no homogéneo.

Heterogeneidades ausentes que se puede ver mejor en perspectiva: dijimos que contando a Rosatti y Rosenkrantz, desde su constitución en 1863 el más alto tribunal de la Nación tuvo 111 integrantes. Pues bien: 108 de ellos fueron varones, uno de ellos incluso nació en Montevideo, pero ninguno de los que la integraron nació al sur de la ciudad de La Plata (de hecho, todos los que la integran hoy son porteños o de provincias grandes del centro). Hay evidentes grupos subrepresentados ya no solo en la coyuntura, sino históricamente en el Tribunal, y ese es un problema que puede y debe ser resuelto.

Los proyectos que se han presentado en el Senado (Abal Medina proponiendo la ampliación a siete, Rodríguez Saá y Negre de Alonso a nueve) se preocupan específicamente por estos temas. En primer lugar, por fijar un cupo “de género” obligatorio (por ejemplo, que no haya más de cuatro integrantes de un mismo género en la composición del tribunal). Luego hay una preocupación adicional por la diversidad “geográfica” (que en el proyecto puntano tiene también exigencias de integración discernidas según regiones definidas, algo que no nos parece estrictamente justificable).

Habiendo dicho que puede ser sostenible el aumento de miembros a siete, y que ello es funcional a su diversidad, cierto es que su adopción inmediata es poco deseable. Introducir ?contando a los adicionales- cuatro jueces y juezas nuevos en un año es disruptivo y sentaría un precedente para futuros copamientos de un Congreso que quiera constituir nuevas mayorías en el tribunal. La Corte es un cuerpo pensado para mandatos largos de sustituciones progresivas de renovación por goteo; una expansión instantánea da demasiado poder al gobierno puntual y al Senado puntual que está en la coyuntura.

Y así, en tren de especular, encontramos preferible predicar un cambio de número que se implemente con un esquema de ampliación progresiva. La idea que hemos pensado es el de prever que hasta llegar a siete se incorporen dos nuevos ministros por cada vacante nueva que surja. Temporariamente la Corte funcionará con cinco, luego con seis cuando se de la primera vacante, luego finalmente con siete. En la práctica, el Senado que preste acuerdo a los nuevos nombrados no será el mismo Senado que decidió ampliar, y no hay plazos fijos que alimenten suspicacias.

Quedará, por supuesto, el incómodo lapso en el que una Corte funcione con seis, número par susceptible de empates, pero es el mínimo costo a pagar por una transición paulatina como la que propiciamos. Podría estipularse que en tal coyuntura se incorpore un juez subrogante al solo efecto de desempatar, o bien aplicar un criterio de solución inercial (esto significa que si hay un Recurso y no hay mayoría para revertir el fallo, el fallo queda confirmado, como ocurre en la Corte USA, que hoy mismo tiene ocho jueces, número par; en demandas de instancia originaria, si no hay número que acepte la demanda, pues entonces la demanda no puede prosperar).

Con o sin estos cambios numéricos, y en un contexto en que el gobierno prepara un ambicioso paquete de reforma judicial bajo el proyecto “Justicia 2020”, el futuro de la Corte deberá ser seguido con atención, no solo en su producción de fallos, sino también como parte de la agenda legislativa.

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