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¿Mendoza avanza hacia el unicameralismo?

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03 septiembre de 2020

Por Ramiro Albina

El gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, presentó en la Legislatura un proyecto para reformar la Constitución provincial que ya cumplió más de cien años. No es el primer intento de reforma en la provincia cuyana. En las últimas dos décadas tanto la UCR como el PJ encabezaron intentos que finalmente naufragaron.

Uno de los principales argumentos del oficialismo para legitimar el proyecto es la eventual reducción del “costo de la política”. La reforma apunta generar cambios en varios puntos importantes como es el avance en dirección a una mayor autonomía municipal y la consagración del principio de equilibrio fiscal. Aquí nos enfocaremos en los cambios que impactan sobre las reglas electorales y, en particular, en la dinámica del Poder Legislativo. Uno de los puntos más importantes es el reemplazo de la actual Legislatura bicameral por una unicameral. En nuestro país son ocho las provincias con Legislaturas bicamerales: Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Salta, Catamarca, San Luis y Mendoza.

Sumando senadores (38) y diputados (48), la Legislatura mendocina está compuesta por ochenta y seis (86) miembros. A diferencia de lo que sucede a nivel nacional y la mayoría de las provincias con sistemas bicamerales, donde la Cámara Baja tiene un criterio de representación poblacional y la Cámara Alta un criterio territorial, en Mendoza las dos cámaras tienen una representatividad idéntica: ambas son conformadas mediante un criterio demográfico con base en las cuatro secciones electorales en que se divide la provincia. En caso de prosperar la reforma, la nueva Legislatura unicameral estaría compuesta por cuarenta y ocho (48) miembros, y el esquema electoral se organizaría en torno a cinco distritos, donde se elegirían una cantidad de legisladores en base a la representación poblacional y otra en base a la representación territorial (un legislador por departamento).

El proyecto busca también la eliminación de las elecciones legislativas de medio término, en remplazo del principio vigente de renovación por mitades cada dos años. El calendario electoral y la simultaneidad o no de elecciones ejecutivas y legislativas es un punto de gran relevancia política por su impacto en el juego de mayorías y minorías. Al mismo tiempo se propone un cambio en el modo de elección del gobernador y vice, reemplazando el requisito de simple mayoría de votos para ser electo, por el sistema de doble vuelta electoral.

Para la aprobación del proyecto que declare la necesidad de reforma en la Legislatura el oficialismo deberá conseguir los dos tercios de los miembros totales en ambas cámaras. En caso de ser aprobado se deberá someter a votación popular en la próxima elección intermedia de 2021 para que los mendocinos decidan si continuar o no con el proceso. La reinterpretación por parte de la Corte Suprema del artículo 221 el año pasado representa un camino más fácil para Suarez en ese terreno con respecto a sus antecesores (con esa nueva interpretación alcanza con el voto positivo de la mitad más uno de los votantes y no de todos los empadronados). En caso de que esta última resulte favorable, se convocaría a elecciones de los convencionales constituyentes que redactarían el texto constitucional.

Las reformas de las constituciones provinciales a lo largo de nuestro país en la actual etapa democrática frecuentemente estuvieron atravesadas por las pretensiones reeleccionistas de los gobernadores. En 1983 ninguna constitución provincial preveía la reelección. Actualmente Catamarca, Formosa y Santa Cruz permiten la reelección indefinida; Salta y San Juan permiten tres mandatos seguidos; Santa Fe y Mendoza prohíben la reelección inmediata; mientras que el resto permiten dos mandatos consecutivos. Sin embargo, en el caso mendocino la reforma mantendría la prohibición de la reelección inmediata de gobernador y vice. Más aún, se limitaría a un solo periodo consecutivo la habilitación de la reelección para todos los cargos electivos provinciales y municipales. De esta manera, Suarez evita que la reforma sea vista como una aventura personal en busca de su reelección y así superaría desde un inicio una de las barreras que llevaron al fracaso a los intentos reformistas anteriores.

Las reglas electorales importan por sus efectos sobre el sistema político. La doble vuelta electoral podría contribuir a una mayor legitimidad respecto al gobernador electo, pero también desincentivar la coordinación entre los actores partidarios en la primera vuelta. La legislatura unicameral, la eliminación de elecciones intermedias y la incorporación del criterio territorial podrían contribuir a mayorías legislativas más consolidadas, pero también constituir una barrera más para el crecimiento de las terceras fuerzas. Así, los tiempos extraordinarios que significan las reformas constitucionales marcan en buena medida el ritmo político de los tiempos normales. Luego serán los actores políticos los que con su comportamiento moldeen su interacción con dichas reglas.

Como las reglas electorales generan ganadores y perdedores, la discusión sobre ellas es eminentemente política. El Frente de Izquierda y Protectora ya se han manifestado en contra de la reforma. Dentro de la coalición Cambia Mendoza también existen voces críticas como la del Partido Demócrata que dice preferir el camino de las enmiendas constitucionales. Hasta el momento, el peronismo manifestó un posicionamiento político general antes que categórico sobre los puntos específicos de la propuesta. A pesar de las críticas vertidas por algunos de sus exponentes, en particular sobre el contexto en el que se avanza con el intento reformista, también hay voces que se muestran abiertas a escuchar los argumentos del ministro de Gobierno, Víctor Ibáñez, uno de los principales arquitectos de la reforma.

El proceso de reforma dio su primer paso. El oficialismo deberá encabezar una intensa negociación política, en particular con el universo peronista, buscando conseguir los votos necesarios para aprobar el proyecto en la Legislatura y avanzar con el proceso. El éxito o no de esa negociación será la que determine su punto de llegada.

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