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Uruguay y el otro debate por la Ley de Caducidad

10 mayo de 2011

(Artículo publicado en la edición Nº30)

El proyecto de interpretación de la Ley de Amnistía a los militares produjo un profundo debate que cruzó a la sociedad vecina

La decisión del oficialista Frente Amplio uruguayo de anular a través del Congreso

la denominada Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado, la norma

que pone límites para investigar los crímenes cometidos durante la dictadura en

ese país entre 1973 y 1985, dividió las aguas políticas como pocas medidas lo habían hecho desde que ese partido llegó al poder en marzo de 2005, y puso en el centro de la discusión si la voluntad popular está sobre los tratados internacionales en materia de derechos humanos o no.

El Frente Amplio siempre luchó por la derogación de esta norma por medio de la

convocatoria a plebiscitos, y la Ley fue sometida a dos referéndums para que el pueblo

uruguayo se pronunciara, y en ambos casos la postura que primó fue la de avalarla.

La primera, en 1989, puede enmarcarse en una necesidad entendible de cicatrizar

rápidamente las heridas de la dictadura y comenzar la transición democrática.

Entonces votaron a favor de la Ley 1.082.454 ciudadanos (56,7%), y en contra

799.109 (41,84%).

Pero la segunda fue hace menos de dos años, en plena campaña electoral de 2009,

y el mismo día en que José Mujica se impuso en primera vuelta, los uruguayos votaban por no derogar la Ley. El compromiso del ahora Presidente durante la campaña fue claro en el sentido de que no impulsaría su remoción a través del Congreso en caso de que el referéndum para anularla fracasara. Incluso los números mostraron que buena parte de la gente que se inclinó por el ex tupamaro para presidir el país prefirió que no se anulara la Ley y ese año un 47% de los votantes se manifestó a favor de terminar con su vigencia y casi el 53% se pronunció por su continuidad.

Al mismo tiempo, Uruguay era presionado por organismos internacionales para derogarla, ya que entraba en tensión con tratados que había ratificado. Por eso, cuando hace 15 días el Senado convirtió en ley el proyecto interpretativo que en los hechos significa la anulación, la mayoría de las voces críticas apuntaron a la coalición de gobierno por no haber respetado su promesa electoral y “pasar por arriba” de la decisión mayoritaria en las urnas.

El trasfondo del debate, más allá de la obvia disputa ideológica, plantea una pregunta

interesante: ¿Está la soberanía popular por sobre todo, incluso las normas sobre

derechos humanos que han ido expandiéndose a nivel internacional? El frenteamplismo se impuso en ambas cámaras apelando a que había sido una promesa de algunos sectores de la coalición durante la campaña y que era necesaria para

la adecuación del país a las normas internacionales sobre derechos humanos.

Ahora esa disputa se trasladó al eventual veto de Mujica, quien de todos modos ya adelantó que no vetará la norma. Desde el opositor Partido Nacional, encima, advirtieron que convocarán a un plebiscito si finalmente la coalición centroizquierdista logra la anulación de la ley en los próximos días. Como si fuera poco, algunos integrantes del frenteamplismo como el ex presidente Tabaré Vázquez cometieron errores de consideración al afirmar “que muchas veces las mayorías se equivocan”.

En los años posteriores a la aprobación de la ley, el Estado uruguayo fue cuestionado

por distintos organismos internacionales debido a la incompatibilidad de la norma con los compromisos de derechos humanos suscritos por Uruguay, como se lo señaló el 24 de febrero de 2011 la CIDH, que falló en contra del Estado uruguayo en el caso “Gelman vs. Uruguay” y estableció que “debido a la interpretación y a la aplicación

que se ha dado a la Ley de Caducidad, la cual carece de efectos jurídicos respecto

de graves violaciones de derechos humanos (?) ha incumplido su obligación de

adecuar su derecho interno a la Convención Interamericana sobre Desaparición

Forzada de Personas”.

De este modo, Uruguay se encontraba entre la decisión de los organismos internacionales y los tratados que había suscrito y lo que significaba haber sometido dos veces la norma a la voluntad popular. Pero dentro de esas tensiones internas

en el conglomerado oficialista, hay quienes esgrimen el argumento de que la voluntad

popular está incluso por sobre un tema como las violaciones a los derechos humanos.

En esa línea reinscribe el legislador Eleuterio Fernández Huidobro, que acató la disciplina parlamentaria y votó afirmativamente el proyecto pese a no compartir

esa postura, pero renunció a su banca en desacuerdo. Justificó su decisión opinando

que se desprestigia a los recursos de consulta popular, tan afectos a la historia del

frenteamplismo y que han permitido, entre otras cosas, que las empresas de servicios

uruguayas sigan en manos públicas.

Todo esto sin considerar el costo político que paga el frenteamplismo por una decisión

con la que “pesca dentro de la pecera” y contenta seguidores más que afianzados

y aleja sectores afines sobre los que se apoyó para vencer en 2004 y 2009 y que no

ven con buenos ojos la revocatoria de lo decidido en los referéndum. En los últimos años, además, la Justicia uruguaya había encontrado un resquicio para juzgar varios de los crímenes cometidos en la dictadura ya que el artículo 3ro. de la Ley de Caducidad establece que cuando un juez recibiera una denuncia respecto a investigaciones en el período abarcado por la misma, éste debería remitir una consulta al Poder Ejecutivo, el cual dispondría el archivo del caso o, si considerara la investigación excluida de la norma, su continuación.

El gobierno frenteamplista siguió el criterio de excluir los crímenes que fueron cometidos en el extranjero, en los que participaron civiles y los vinculados a

los mandos de policías y militares, lo cual representó la gran mayoría de los casos remitidos a éste. Así se excluyeron 16 casos desde 2005.

En la Argentina el recuerdo más cercano de un debate similar fue en mayo de 2006

cuando la Cámara de Diputados interpretó que le correspondía ser juez de sus miembros y no permitir el juramento del comisario Luis Patti por carecer de “ideoneidad moral” tras haber sido vinculado con violaciones a los derechos humanos, pese a que había sido electo en las elecciones legislativas de octubre de 2005. En esa oportunidad, como recientemente en Uruguay, primó el criterio de que no siempre es la voluntad popular la que prima.

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